Programa para profesionales sobre acceso a la justicia para niños con discapacidad mental en Europa
Este programa está pensado para ser utilizado por preparadores y profesores en su labor de formación a profesionales, tanto del mundo del Derecho como ajenos a él. Aborda cuestiones relativas al acceso a la justicia, centrándose en los niños con discapacidad mental. El programa se puede utilizar, bien con profesionales que ya trabajan con niños que presentan discapacidades intelectuales o de aprendizaje, autismo o problemas de salud mental, bien con aquellos participantes que pueden empezar a trabajar con estos niños. Este programa también resulta útil para profesionales cuyo trabajo pueda estar vinculado a cuestiones de acceso a la justicia.
Las lecturas que se incluyen en este programa tienen por objeto proporcionar una base de conocimientos en materia de derechos humanos, derechos del niño y derechos de las personas con discapacidad en el contexto europeo. Además, pretenden exponer cierta información sobre algunos conceptos propios del acceso a la justicia o vinculados a esta materia, así como conocimientos sobre lo que supone trabajar con niños con discapacidad intelectual o de aprendizaje, autismo o problemas de salud mental.
En tanto en cuanto el programa está pensado para resultar útil a una serie de profesionales con experiencias diversas, algunos artículos pueden resultar de más utilidad para un grupo de profesionales concretos, en función del conocimiento previo que tuvieran y de su experiencia.
Para que a este programa pueda acceder el mayor número posible de lectores o usuarios, con independencia de su ámbito de especialización, se ha habilitado el acceso a través de Internet y de forma gratuita a todos los materiales que aquí se presentan, sin necesidad de suscripciones ni permisos. Se ha dado preferencia a aquellos materiales que están disponibles en varios idiomas, los cuales se han marcado con un asterisco (*).
Confiamos en que aquellos que utilicen y completen el programa comprendan mejor el impacto que los derechos humanos, los derechos de los niños y los derechos de adultos y niños con discapacidad, tienen en su trabajo. También esperamos que esta mejor comprensión permita a los participantes aprender a introducir conceptos de derechos humanos y acceso a la justicia en su trabajo diario.
Tema 1
¿Qué son los derechos humanos?-Una introducción básica a los instrumentos internacionales de derechos humanosEn esta lección se expone el concepto de derechos humanos conforme al Derecho internacional, tanto a profesionales del Derecho como a aquellos profesionales ajenos al mundo jurídico. Al término de esta lección, los participantes deberán haber adquirido una comprensión adecuada del origen de los derechos humanos en el Derecho internacional, así como de los instrumentos normativos asociados a los derechos humanos a nivel internacional y a nivel europeo.
Lynne Tammi, An Introduction to International Human Rights Law, Article12.org, (2005).
Declaración Universal de Derechos Humanos, (1948).*
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).*
Convención sobre los Derechos del Niño (1989).*
Human Rights Education Associates, El Sistema Europeo de Derechos Humanos.*
Mental Disability Advocacy Center, The European Convention on Human Rights and the rights of people with mental health problems and intellectual disabilities (2003).*
Center for Human Rights, Human Rights and Social Work- A Manual for Schools of Social Work and the Social Work Profession, Professional Training Series Nº 1, (1994). Parte 2 pp. 1-64
Vídeo-Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, (2012).*
Vídeo-Juez Thomas Buergenthal, A Brief History of International Human Rights Law, Biblioteca audiovisual de Derecho Internacional de Naciones Unidas (UN Audiovisual Library of International Law)
* El asterisco indica que el material está disponible en varios idiomas.
Preguntas del tema 1
¿Por qué son relevantes los derechos humanos?
¿Tienen los derechos humanos la misma naturaleza que las leyes? Justifique su respuesta.
Utilice los ejercicios de la Sección IV del documento del Human Rights Center de la Universidad de Minnesota, Human Rights, YES! –Action and Advocacy on the Rights of Persons with Disabilities 2nd ed., One Billion Strong (2012).
Tema 2
Acceso a la justiciaEl objetivo de esta lección es examinar el concepto de acceso a la justicia. Los materiales asociados a esta clase exploran definiciones amplias de acceso a la justicia. Al término de la lección los participantes deberán ser capaces de identificar los distintos aspectos de la noción de acceso a la justicia presentes en varios instrumentos.
a. Human Rights Center de la Universidad de Minnesota, Human Rights, YES! –Action and Advocacy on the Rights of Persons with Disabilities 2nd ed., One Billion Strong (2012). Capítulo 12
b. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976).* Se deberá prestar especial atención a los artículos 7, 9, 10, 14, 16, 24 y 26.
c. Convenio Europeo de Derechos Humanos*. Se deberá prestar especial atención a los artículos 3, 6, 13 y 14.
d. Carta Social Europea*. Se deberá prestar especial atención a los artículos 15, 17 y 30
e. International Disability Alliance, (IDA submission to the CEDAW Committee’s General Discussion on Access to Justice), (18 de febrero de 2013).
f. United States Institute for Peace, Necessary Condition: Access to Justice.
g. UNICEF, Promoting equitable access to justice for all children, INSIGHTS: Child Rights in Central and Eastern Europe and Central Asia Issue 1 (2014).
h. Jon Robins, Access to Justice what the @%!? does that mean?, The Justice Gap (4 de octubre de 2011).
Preguntas del tema 2
¿Qué es el acceso a la justicia y qué aplicaciones tiene en su ámbito laboral?
¿Qué aplicación tiene la noción de acceso a la justicia a aquellos procesos que no tienen lugar ante un tribunal de justicia?
Ana vive en una casa de acogida de niños con discapacidad. Uno de los trabajadores es muy maleducado con ella. Existe un procedimiento interno de denuncia en la casa, pero nadie se lo ha explicado a Ana. ¿Cabe afirmar que Ana tiene acceso a la justicia? Supongamos que la respuesta a la pregunta anterior es negativa: ¿qué tendría que pasar para garantizar que Ana tenga acceso a la justicia?
Tema 3
Elementos de un proceso justoEsta lección examina los elementos de un proceso justo, tanto para procedimientos administrativos como para procesos penales. Los participantes aprenderán sobre los derechos que subyacen en un proceso justo. Se hará especial hincapié en las necesidades de los niños con discapacidad mental en un proceso justo.
a. Procesos penales
i. Amnistía Internacional, Fair Trial Manual 2ª edición, (2014) Capítulo 27
ii. Nuala Mole y Catharina Harby, The right to a fair trial-a guide to the implementation of Article 6 of the European Convention of Human Rights, Consejo de Europa: Human Rights Handbooks Series, nº 3 (2006). Páginas 5-14, 38-50.
iii. Fair Trials, The Right to a Fair Trial, fairtrials.org.
iv. Naciones Unidas, Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de la Justicia de Menores, «Reglas de Beijing», A/RES/40/33 (29 de noviembre de 1985).*
v. Comisión Europea, Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las garantías procesales de los menores sospechosos o acusados en los procesos penales, COM(2013) 822/2, (2013).*
vi. Consejo de Europa, Directrices del Comité de Ministros del Consejo de Europa relativas a una justicia adaptada a los niños (17 de noviembre de 2010).
vii. Comité de los Derechos del Niño, Observación general nº 12, CRC/C/GC/12, (1 de julio de 2009).
viii. Vídeo: Consejo de Europa, Child Friendly Justice (21 de noviembre de 2011).
b. Procedimientos administrativos
i. Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Guide on Article 6-Right to a Fair Trial (civil limb) , (2013).
ii. OSCE ODIHR, Handbook for Monitoring Administrative Justice, (septiembre de 2013). Capítulo 1 y Capítulo 3.
iii. Asamblea General, Resolución adoptada por la Asamblea General: Directrices sobre las modalidades alternativas de cuidado de los niños, A/Res/64/142 (24 de febrero de 2010).*
Preguntas del tema 3
¿Qué diferencia hay entre un juicio justo en el orden penal y un procedimiento justo en el orden civil o administrativo?
¿Hay distintos elementos que resulten necesarios de cara a garantizar que un procedimiento es justo para los jóvenes?
Un Estado está elaborando una nueva ley en la que se establece el procedimiento que se va a seguir para juzgar a niños y jóvenes. ¿Qué garantías deberá adoptar el Estado para que se trate de un procedimiento justo para los niños? ¿Hay alguna garantía adicional que sea necesaria para que a los niños con discapacidad mental se les juzgue a través de un procedimiento justo?
Un centro residencial de atención a niños con discapacidad está creando un procedimiento interno para permitir que los residentes presenten quejas o reclamaciones en relación con la atención que reciben. ¿Qué elementos deben necesariamente formar parte del procedimiento de cara a garantizar que se trata de un procedimiento justo?
Tema 4
Discapacidad e infanciaEsta lección analiza la intersección entre discapacidad e infancia y las barreras a que da lugar dicha convergencia de identidades. Los participantes aprenderán sobre derechos de los niños con discapacidad a nivel de Naciones Unidas y de la UE.
a. Discapacidad
i. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006).*
ii. UNICEF/Victor Pineda Foundation, It’s About Ability-An explanation of the Convention of Persons with Disabilities, UNICEF (abril de 2008).
iii. Federación Internacional de Trabajadores Sociales, People with Disabilities, Policies, (23 de febrero de 2012).
iv. Amita Dhanda, Construction a new Human Rights lexicon: Convention on the Rights of Persons with Disabilities, en International Journal on Human Rights, 8.
v. Human Rights Center de la Universidad de Minnesota, Human Rights, YES! –Action and Advocacy on the Rights of Persons with Disabilities 2ª ed., One Billion Strong (2012). Sección I.
b. Infancia
i. Convención sobre los Derechos del Niño, (20 de noviembre de 1990). Se deberá prestar especial atención a los artículos 3, 4, 5, 9, 12, 20, 23, 28, 29, 37 y 40
ii. Observación general nº5: Medidas generales de aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño, CRC/GC/2003/5 (27 de noviembre de 2003).*
iii. Comisión Europea, Una Agenda de la UE en pro de los Derechos del Niño, COM (2011) 60 final, (15-2-2011). *
c. Infancia y Discapacidad
i. Human Rights Center de la Universidad de Minnesota, Human Rights, YES! –Action and Advocacy on the Rights of Persons with Disabilities 2ª ed., One Billion Strong (2012). Capítulo 15
ii. UNICEF, The Right of Children with Disabilities to Education: A Rights-Based Approach to Inclusive Education-position Paper, (2012).
Preguntas del tema 4
¿A qué obstáculos se enfrentan los niños con discapacidad en comparación con las barreras que pueden encontrar los niños sin discapacidad o los adultos con discapacidad?
¿Tienen los niños con discapacidad derechos distintos de los que tienen otros niños o los adultos con discapacidad?
Maira es una chica de 12 años con autismo. Ha estado yendo a un colegio de educación especial, pero le gustaría pasar a un colegio ordinario para cursar secundaria. Los profesores de Maira consideran que con el apoyo adecuado puede rendir bien en secundaria en un colegio ordinario. A los padres de Maira les preocupa que se cambie de colegio. Para poder trasladarse a su nuevo colegio, Maira debe acudir a una audiencia administrativa para presentar su solicitud. ¿Qué derechos tiene Maira en virtud de la CDPD? ¿Qué derechos tiene con arreglo a la CDN? ¿Qué derechos tienen sus padres?
Tema 5
Igualdad y no discriminaciónA través de esta lección se pretende transmitir el concepto de igualdad y no discriminación, y concretamente se analizan los efectos de este derecho sobre los niños con discapacidad mental. Esta lección también analizará el impacto de la igualdad y la no discriminación en cuestiones relativas al acceso a la justicia.
a. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para Derechos Humanos en colaboración con la International Bar Association, Human Rights in the Administration of Justice- A Manual on Human Rights for Judges, Prosecutors and Lawyers, Ginebra (septiembre de 2002). Capítulo 13
b. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006). Artículo 5
c. Convención sobre los Derechos del Niño (1989). Artículo 2
d. Washington State Access to Justice Board Impediments Committee, Ensuring Equal Access for People with Disabilities-A Guide for Washington Courts, (agosto de 2006). §G pág. 13
e. Equal Rights Trust, Working draft: Non-Discrimination and Equality Standards Compendium (marzo de 2008). Parte 1, §2.3, §2.7, §3.20
Preguntas del tema 5
¿Qué diferencia hay entre recibir o dispensar el mismo trato y recibir o dispensar un trato igualitario?
¿Qué permite diferenciar los ajustes de la discriminación?
Pablo es un chico con una discapacidad intelectual al que se le va a derivar a un centro de protección, y le gustaría hablar con el juez de la situación antes de que se adopte una decisión definitiva. El juez competente para esta cuestión permite cualquier pronunciamiento de un niño en relación con la derivación a centros de protección. Sin embargo, el juez está muy ocupado y únicamente va a permitir que el niño se pronuncie si es a través de una comunicación escrita por el niño de su puño y letra. Pablo no puede escribir debido a su discapacidad. ¿Qué problemas de igualdad y no discriminación plantea la situación descrita?
Tema 6
AccesibilidadEsta lección analiza el significado de la accesibilidad a efectos de los niños con discapacidad mental. Esta sección se centra en el verdadero sentido de accesibilidad en el contexto del acceso a la justicia.
a. Child Rights International Network, Child-Friendly Justice and Children’s Rights, CRIN.*
b. Augmentative Communication Community Partnerships CANADA, Communication Access in Legal Contexts (2010).
c. Washington State Access to Justice Board Impediments Committee, Ensuring Equal Access for People with Disabilities-A Guide for Washington Courts, (agosto de 2006). Págs. 15-30
d. Villamanta Disability Rights Legal Services, People Who Have an Intellectual Disabilities and the Criminal Justice System, (2012). Págs. 7-12, 25-26
Preguntas del tema 6
Enumere algunas medidas de accesibilidad que vea en su vida diaria.
¿Qué medidas convertirían su trabajo en más accesible para las personas con discapacidad? ¿Y para los niños?
Juan tiene 16 años y se le acusa de robar en la zapatería de su ciudad. Juan tiene algunos problemas de salud mental que hacen difícil que se sienta cómodo entre multitudes y grupos grandes de gente. Para combatir estos problemas, Juan tiene la estrategia de llevar gafas de sol oscuras, que le hacen sentirse más seguro y con más confianza cuando está rodeado por mucha gente. Juan quiere llevar sus gafas de sol al juicio. ¿Cómo podría tener cabida esta necesidad con arreglo a los principios de la accesibilidad? ¿Qué objeciones se podrían plantear? ¿Sería distinta la situación si Juan fuera una víctima en lugar del acusado?
Tema 7
Capacidad para presentar reclamaciones o interponer demandasEsta lección examina cómo los mecanismos para demandar o denunciar son fundamentales para garantizar el acceso a la justicia. Los materiales también analizan las condiciones que deben reunir los mecanismos de denuncia para resultar accesibles a los niños con discapacidad mental.
a. Australian Commissioner for Children and Young People, Are you listening? Guidelines for making complaints systems accessible and responsive to children and young people, (junio de 2013).
b. CAFOD, Complaints Handling Mechanisms- A guide for CAFOD staff to accompany partner organisations to set up CHM within international programme activities, (junio de 2010)
c. Penny Parker, Complaint Mechanisms under the UN Human Rights Treaties, The Advocates for Human Rights (7 de enero de 2014). §10,11, 19, y 20.
d. Office of the Special Representative of the Secretary on Violence against Children, Safe and child-sensitive counselling, complaint and reporting mechanisms to address violence against children, Nueva York (2012)
Preguntas del tema 7
¿Qué mecanismos de denuncia existen en su región? ¿Y en el marco de su profesión?
¿Son accesibles para los niños? ¿Y para los niños con discapacidad?
Jorge y Marta son los padres de un niño de 5 años con discapacidad intelectual. Jorge y Marta quieren que su hijo vaya a un colegio ordinario. Este colegio afirma que no pueden encontrarle acomodo al niño. En consecuencia, Jorge y Marta quieren interponer un recurso. ¿Qué tipo de mecanismo van a encontrar? ¿Cuáles son sus derechos? ¿Y los de su hijo?
Tema 8
ParticipaciónEsta lección examina el principio de participación en los procesos, tanto para las víctimas como para los acusados. Los participantes van a aprender sobre los derechos de las víctimas, pero también sobre las facultades asociadas al derecho a ser oído que tiene el acusado. La lección también analizará la noción de participación en un sentido amplio, y cómo este principio se aplica en relación con los derechos de los niños para promover el acceso de éstos a la justicia.
a. Principios generales de la participación
i. Consejo de Europa, Recomendación del Comité de Ministros a los Estados Miembros relativa a la participación de los niños y de los menores de 18 años, CM/Rec(2012)2, (2012).*
ii. Consejo de Europa, Children’s Rights Division and Youth Department, Participation Assessment Tool. *
iii. Open Society Foundations y British Council, Meaningful Participation by Young People in International Decision-making: Principles, Practice and Standards for the Future, Simposio de Londres, (16 al 19 de mayo de 2011).
b. Los derechos de las víctimas a participar en procesos judiciales
ii. Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las víctimas de delitos y del abuso de poder, A/RES/40/34 (29 de noviembre de 1985)*
iii. DG Justice Guidance Document related to the transposition and implementation de la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo, (diciembre de 2013).
iv. Vídeo: Consejo de Europa, Keep me safe from sexual violence (20 de noviembre de 2012).
c. La voz del niño
i. Comité de los Derechos del Niño, Observación general Nº 12: El derecho del niño a ser escuchado, CRC/C/GC/12 (20 de julio de 2009).
ii. Sir Mark Potter, ‘The Voice of the Child: Children’s ‘rights in Family Proceedings’ The Family in Law 2 (2008).
iii. Gerison Lansdown, Every Child’s Right to Be Heard- A Resource Guide on the UN Committee on the Rights of the Child General Comment No. 12, UNICEF y Save the Children (2011).
Preguntas del tema 8
¿Cuál es la diferencia entre el derecho a ser escuchado y el derecho a participar?
¿Qué implicaciones tiene en concepto «voz del niño»?
¿Qué derechos se les reconocen en los procesos a los niños que son víctimas? ¿Y a los niños acusados? ¿Qué diferencias y puntos comunes hay entre los derechos que se reconocen a unos y a otros?
David tiene 7 años y sus padres se están divorciando. Tanto el padre como la madre quieren la custodia del niño. En este caso, ¿está el juez obligado a escuchar la opinión o las preferencias de David? ¿Cambiaría algo que David tuviera 13 o 17 años? ¿Qué inconvenientes puede tener que David intervenga? ¿Y si David tiene una discapacidad intelectual? ¿Y si tiene problemas de salud mental?
La Sra. Herrero es profesora en un colegio, y quiere velar por que los niños tengan más capacidad de decisión sobre su educación. ¿Qué medidas podría adoptar para garantizar que se respete la voz del niño?
Diana es la responsable de asistencia social en un centro residencial de atención a niños con discapacidad. ¿Qué opciones tiene para velar por que la voz del niño se escuche a efectos de la prestación de los servicios del centro? ¿Cómo puede garantizar el acceso a la justicia utilizando la voz del niño?
Tema 9
Representación y asistenciaEsta lección estudia el derecho a la representación y a la asistencia y su relación con los niños con discapacidad. Los materiales exploran el derecho a la representación y a la asistencia tanto en procedimientos judiciales como en no judiciales.
a. Child Rights International Network, Guide- Legal Assistance for Children.
b. Justicia European Rights Network, A Guide to Minimum Standards on the Right of Access to a Lawyer and to Communicate upon Arrest (diciembre de 2012).
c. Jan Hoffman, In Interrogations, Teenagers Are Too Young to Know Better, New York Times (13 de octubre de 2014).
d. Prison Reform Trust, Contents, Supporting vulnerable defendants in court, communication in court (2013).
e. Prison Reform Trust, Contents, Supporting vulnerable defendants in court, specialist communication support-intermediaries (2013).
f. Martha F. Davis, ‘Access and Justice: The Transformative Power of Pro Bono Work,’73 (3) Fordham Law Review, 903 (2004).
Preguntas del tema 9
¿En qué tipo de procedimientos deben tener los niños derecho a un abogado? ¿En el orden penal, civil, administrativo, de familia?
¿Cuáles son los beneficios de tener abogados que representen al niño directamente, en lugar de los padres o tutores?
¿A qué deben prestar especial atención los abogados que representan a niños?
¿De qué maneras pueden los niños ser asistidos o tener representación sin ver menoscabados sus derechos y sin que intervengan abogados?
Clara es una chica de 15 años que tiene que comparecer ante un tribunal por haber consumido alcohol siendo menor de edad. Clara tiene algunos problemas de salud mental. Los padres de Clara estuvieron presentes durante el interrogatorio y le dijeron a la policía que tenían que hacer «lo que creáis que es mejor», porque Clara se había portado mal y había infringido la ley, y por ello debía ser castigada. Los padres de Clara dicen, además, que no hay necesidad de ir a juicio. ¿Qué derechos tiene Clara? ¿Y sus padres? ¿ A qué tipo de representación tiene derecho Clara?
Los padres de Tomás no pueden proporcionarle el cuidado adecuado y por ello tienen que llevarlo a centro de protección. Durante el proceso en el que deja de estar a cargo de sus padres Tomás tiene un defensor judicial que transmite sus observaciones al tribunal, pero también da su opinión sobre lo que sería lo mejor para Tomás. ¿Tiene un defensor judicial la condición de representante? ¿Cuáles son los beneficios de tener un defensor judicial frente a tener un abogado? ¿En qué puede ser mejor para Tomás tener un abogado? ¿En qué puede ser peor para Tomás tener un abogado? ¿A qué tipo de representación tiene derecho Tomás?
Tema 10
Comunicación con los niñosEsta lección tiene por objeto enseñar a los profesionales a comunicarse con niños, especialmente con niños con discapacidad mental. Se incluyen muchos materiales destinados a profesionales del Derecho que pueden no estar acostumbrados a trabajar con niños con discapacidad mental, pero el contenido podría resultar de utilidad para todo profesional que quiera aprender a transmitir información compleja a niños con discapacidad mental.
a. Augmentative Communication Community Partnerships CANADA, Communication Facts (2010).
b. Child Rights International Network, Guide for Legal Professionals, *
c. Dr. Paul Swift et. al., What happens when people with learning disabilities need advice about the law?, Universidad de Bristol y Centro Norah Fry, (julio 2013).
d. Walk, Make it easy, A guide to preparing Easy to Read information.
e. Vídeo: Mencap, Legal Services Summary (30 de julio de 2013).
f. Vídeo: Leicestershire Partnership NHS Trust, If You Listen, You will hear us (7 de diciembre de 2013).
Preguntas del tema 10
Explique un concepto que ya se haya visto en clases anteriores (acceso a la justicia, igualdad, discapacidad) en un lenguaje fácil de entender.
¿Qué conexión existe entre el lenguaje fácil de entender o las técnicas alternativas de comunicación y los principios de acceso a la justicia?
Juego de asunción de roles-Los participantes deberán ponerse por parejas. Por turnos, cada miembro de la pareja deberá explicar un proceso habitual en su trabajo empleando un lenguaje fácil de entender. Su pareja, con las directrices de fácil comprensión en mente, deberá interrumpir al compañero para decirle que no le entiende siempre que éste utilice un lenguaje complicado para aquellas personas que se benefician del lenguaje fácil de entender.
Tema 11
Efectiva y apropiada protección de datosEsta lección explora los principios y leyes que rodean a la protección de datos en la UE. La lección no solo presta atención al concepto de datos y a las obligaciones que se derivan de los principios de la protección de datos, sino también a cómo ponderar estos principios en atención al mejor interés del niño en cuestiones relativas a protección de datos y niños.
a. Dictamen 01/2014 sobre Protección de Datos relativo a la aplicación de los conceptos de necesidad y proporcionalidad y la protección de datos en el ámbito de las funciones coercitivas , 536/14/EN WP 211 (27 de febrero de 2014). Parte II.
b. Working Document 1/2008 on the protection of children’s personal data (General Guidelines and the special case of schools, 00483/08/EN WP 147 (18 de febrero de 2008)
c. Peter Hustinx, EU Data Protection Law: The Review of Directive 95/46/EC and the Proposed General Data Protection Regulation, (2014).
d. UNICEF, Children’s Rights and Journalism Practice-Student Guide, (2007). pp. 38-45, 66-77, 88-107.
e. Vídeo-What You Need To Know, Data Protection…What you need to know, (26 de junio de 2013).
Preguntas del tema 11
¿Cómo se puede ponderar la protección de datos en relación con el mejor interés del niño?
¿Qué diferencias hay en materia de protección de datos entre niños y adultos?
Comente el Estudio de caso 1 de la página 106 del documento de UNICEF Children’s Rights and Journalism Practice-Student Guide (material de la Lección 11 del programa). ¿Tiene Mary Bell derecho al anonimato? ¿Qué podrían o deberían haber hecho de otra manera los periodistas que informaron sobre su caso?
Tema 12
El uso de instrumentos de derechos humanos para lograr el acceso a la justiciaEsta lección ilustra cómo se pueden emplear los instrumentos de derechos humanos para alcanzar el acceso a la justicia. Esta lección analizará cómo se deben utilizar los derechos humanos en la defensa de determinados intereses y cómo pueden servir de ayuda en un caso.
a. Martha Davis, Human Rights in the Trenches: Using International Human Rights Law in “Everyday” Legal Aid Cases, 41 Clearinghouse Review Journal of Poverty Law and Policy, 414(noviembre-diciembre 2007).
b. Center for Human Rights, Human Rights and Social Work- A Manual for Schools of Social Work and the Social Work Profession, Professional Training Series Nº 1, (1994). Parte 1 y Parte 3
c. Amnistía internacional, A Whole School Approach to Human Rights Education (2012).
d. Audio: Clearinghouse Review, Panel de debate Claiming Our Role as Human Rights Lawyers: How a Human Rights Framework Can Advance Our Advocacy, (21 de junio de 2011).
Preguntas del tema 12
¿Cómo se pueden utilizar los derechos humanos para promover el acceso a la justicia?
¿Cómo pueden los profesionales ajenos al mundo jurídico incorporar a su actividad laboral los principios de derechos humanos?
¿De qué maneras podría usted incorporar en su trabajo un enfoque basado en los derechos para mejorar el acceso a la justicia de los niños con discapacidad mental?